Ya se presentó el Informe de Conferencia del Proyecto del Senado 1621, que pretendía en su origen premiar la ilegalidad de las casas construidas en la zona marítimo terrestre en La Parguera concediendo un arrendamiento a cuarenta años. Lejos de corregir esa disposición ilegítima del patrimonio nacional, el Comité de Conferencia (que, como todos los comités de conferencia, nunca convocó a sus miembros) presidido por uno de los autores de la medida, el senador Antonio Fas Alzamora y por el representante César Hernández, les concede a los dueños de las casas “el uso de la superficie de las porciones de terrenos públicos y de agua que ocupen dichas estructuras”, también por cuarenta años. El derecho de superficie es más amplio y sólido que el de arrendamiento: incluye la facultad de transferirlo o venderlo a terceros. La única limitación es que no puede gravarse, por ejemplo, con una hipoteca.
Las construcciones en La Parguera son ilegales, o para utilizar el discreto lenguaje del P del S 1621, son “aprovechamientos que no se conforman a la legislación y normativa vigente en Puerto Rico”, a los que hay que “integrar legalmente”. Para esta Asamblea Legislativa, el estar fuera de la ley, cuando se trata de ciertos sectores, se arregla entregando lo que no es de ellos. La zona marítimo terrestre no es susceptible de apropiación privada, y en todo caso, el derecho de superficie, recae sobre o bajo suelo o edificaciones, no sobre el agua.
Desde el 3 de julio de 2013, está ante la consideración del Senado mi Proyecto del Senado 674, para crear una nueva Ley de Costas que amplíe la zona marítimo terrestre, garantice el acceso a las playas, prohíba la extracción de arena, y de prioridad a la protección de manglares, humedales y arrecifes. Pero ese tipo de medidas no merece el favor de la Asamblea Legislativa porque no protege amigos ni intereses privilegiados. Por eso el poder político es importante. Por eso hay que votar bien.